La recategorización es obligatoria para quienes hayan aumentado o disminuido algunos de sus parámetros de categorización como ser facturación, consumos eléctrico,o superficie, entre otros.
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron que el 21 de enero vence el plazo para realizar la recategorización de categoría y el pago mensual.
La operación se puede hacer desde la página www.monotributo.afip.gob.ar o desde la aplicación móvil “Mi Monotributo”.
La recategorización es obligatoria para quienes hayan aumentado o disminuido algunos de sus parámetros de categorización como ser facturación, consumos eléctrico,o superficie, entre otros. Para realizar la confirmación se necesita tener la Clave Fiscal nivel de seguridad 2 o superior.
Cabe recordar que desde enero rigen los nuevos valores tanto los aportes mensuales a cargo de los contribuyentes como los montos de facturación máxima. El monto a pagar es en base a la variación que haya mostrado la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Para la recategorización los monotributistas deberán calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica utilizada en los 12 meses anteriores, así como la superficie afectada. Si los parámetros son superiores o inferiores a su categoría actual deberá recategorizarse. El valor de la nueva categoría lo pagarán con la cuota de febrero.